Versiones: 1.12 · 1.11 · 1.10 · 1.9 · 1.8 · 1.7 · 1.6 · 1.5 · 1.4 · 1.3
Versión 1.12 (2026-10-20): prueba de Medicaid y la confirmación de pago al mudarse. Sección 8.5: después de una mudanza le preguntamos al hogar por escrito cómo paga el residente; si no contesta en 10 días hábiles nos guiamos por lo que dijo la familia; un hogar que dice Medicaid manda prueba, y cualquier cuota queda en espera hasta que la aceptemos.
La versión vigente.
ACUERDO DE REFERIDOS PARA VIVIENDA ASISTIDA
Acuerdo de servicio de referidos de pago privado según la sección 429.195(2)(b) de los Estatutos de la Florida
Este acuerdo es entre Recarey, LLC, una compañía de responsabilidad limitada de la Florida que opera bajo el nombre comercial Miami Placement (“Miami Placement” o “nosotros”), y la institución de vivienda asistida que aparece en la página de firmas (“usted” o “su hogar”). Empieza en la Fecha de Vigencia que aparece en la página de firmas.
Resumen
Este resumen es solo para su comodidad. Si alguna vez no coincide con el acuerdo, lo que dice el acuerdo es lo que vale.
| Con quién trabajamos | Hogares que invitamos, con licencia en regla con AHCA y un verdadero compromiso con el buen cuidado y el trato honesto. |
| Cuánto le cuesta aparecer | No hay cargo de inscripción, de listado ni mensual, y no se cobra por los textos para preguntar por camas. Usted paga una cuota de referido solo cuando una persona de pago privado que le presentamos se muda o viene para una estadía corta o una estadía de día. |
| Cuándo nos paga | Solo cuando se muda un residente de pago privado que nosotros le presentamos. |
| Nunca cobramos por | Cualquier persona con Medicaid de la Florida de cualquier tipo, incluyendo Cuidado a Largo Plazo de SMMC, Assistive Care Services y los programas que ayudan con los costos de Medicare; solicitudes de Medicaid en trámite; Suplemento Estatal Opcional (OSS); Medicare; ni ningún otro programa de salud del gobierno que le pague a su hogar. Ningún cobro sobre ninguna parte de la cuenta, aunque la familia pague el resto. |
| La cuota de referido | Un mes de la Tarifa Mensual del residente (cuarto, comida y nivel de cuidado) el día de la mudanza. |
| Estadías cortas y de día | Solo si usted las ofrece, y solo cuando tenga espacio. El 10% de lo que realmente pagó un huésped de pago privado, después de la estadía. Si el huésped se queda como residente dentro de 12 meses, aplica la cuota de referido de siempre. Nunca sobre Medicaid. |
| Cuándo se paga | La mitad dentro de los 10 días después de la mudanza. La otra mitad dentro de los 10 días después del día 30. |
| Si empieza Medicaid poco después | Si al residente le aprueban Medicaid de la Florida de cualquier tipo, con cobertura que empieza dentro de los 30 días después de la mudanza, le devolvemos la cuota completa, aunque la aprobación llegue meses después. |
| Si el residente se va pronto | Días 1 al 30: reembolso completo y la segunda mitad no se debe. Días 31 al 60: se devuelve la mitad. Después del día 60: no hay reembolso. |
| Plazo de 12 meses | La cuota aplica si la persona se muda dentro de los 12 meses después de nuestra presentación. |
| ¿Ya conocía a la familia? | Avísenos dentro de 3 días hábiles con un registro con fecha, y no se debe cuota. |
| Cómo pagar | Tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria (ACH) o cheque. Sin cargo extra por tarjeta. |
| Terminar el acuerdo | Cualquiera de los dos, en cualquier momento, con 30 días de aviso por escrito. |
1. Por qué hacemos esto
1.1Somos un servicio de referidos. Ayudamos a familias, hospitales, administradores de casos y tutores legales a encontrar el hogar de vivienda asistida adecuado para una persona mayor o un adulto con discapacidad. Nuestra ayuda nunca le cuesta nada a las familias.
1.2Su hogar tiene una licencia de institución de vivienda asistida de la Agencia para la Administración del Cuidado de la Salud de la Florida (“AHCA”).
1.3Trabajamos con hogares por invitación. Buscamos hogares con su licencia en regla con AHCA y cuyos dueños se enorgullecen de darles a sus residentes un buen cuidado, información honesta y un verdadero hogar. Lo invitamos porque creemos que usted es uno de ellos.
1.4La ley de la Florida permite que una institución de vivienda asistida le pague a un servicio de referidos solo por personas que no reciben Medicaid (sección 429.195(2)(b) de los Estatutos de la Florida). Es la intención de ambos que este acuerdo cumpla esa regla por completo. Nunca se nos paga, de ninguna forma, por referir a una persona que recibe Medicaid, y este acuerdo siempre debe leerse así.
2. Palabras que usamos
2.1Presentación. Un mensaje con fecha que le enviamos por texto, correo electrónico o por nuestro sitio web, con el nombre de un contacto de la familia, diciendo que se la presentamos bajo este acuerdo. Una visita que coordinamos y le confirmamos por escrito también cuenta.
2.2Residente Presentado. La persona que le presentamos y que se muda a su hogar, o a otro hogar bajo la misma licencia o los mismos dueños, dentro del plazo de 12 meses.
2.3Plazo de 12 meses. Los 12 meses después de una presentación. Si la persona se muda durante ese tiempo, la cuota aplica, aunque la familia lo haya llamado a usted directamente después. En nuestra industria a esto se le suele llamar “tail period.”
2.4Tarifa Mensual. Lo que usted le cobra al residente cada mes por cuarto, comida y nivel de cuidado, según su contrato de admisión el día de la mudanza. No incluye cargos de una sola vez, depósitos, farmacia ni cargos de otros.
2.5En Regla. Su licencia está activa, y su hogar no tiene una prohibición de admisiones, una suspensión de emergencia, una revocación o negación de licencia pendiente o final, ni una acción pendiente de AHCA para hacer cualquiera de estas cosas.
2.6Residente de Programa. Un Residente Presentado que, el día de la mudanza:
(a) tiene Medicaid de la Florida de cualquier tipo, incluyendo Medicaid completo, Medically Needy, un programa que ayuda a pagar los costos de Medicare, Cuidado a Largo Plazo de Statewide Medicaid Managed Care o Assistive Care Services, pague o no Medicaid alguna parte de la cuenta de su hogar;
(b) tiene una solicitud pendiente de Medicaid de cualquier tipo;
(c) recibe Suplemento Estatal Opcional (OSS);
(d) tiene cualquier parte de su cuidado en su hogar pagada por Medicare o por cualquier otro programa de salud federal o estatal; o
(e) está inscrita en hospicio por Medicare, Medicaid o cualquier otro programa del gobierno, aunque la familia pague su Tarifa Mensual. Si el hospicio empieza dentro de los 30 días después de la mudanza, le devolvemos completa cualquier cuota pagada, y la segunda mitad no se debe.
2.7Residente de Pago Privado. Un Residente Presentado que no es Residente de Programa y cuya Tarifa Mensual se paga con dinero propio o de su familia, con un seguro privado de cuidado a largo plazo, o con otras fuentes privadas. Los beneficios que se le pagan a la persona misma, como el Seguro Social, SSI o una pensión de veterano (VA), cuentan como dinero propio de la persona.
2.8Fecha de Inicio de Medicaid. El primer día de cobertura de Medicaid de la Florida de cualquier tipo que aparece en la carta de aprobación de la persona, aunque la carta llegue después y la cobertura se extienda a una fecha anterior.
2.9Estadía Corta. Una estadía en su hogar para una persona que le presentamos, con fecha de entrada y de salida acordadas por escrito antes de empezar, muchas veces para que quien la cuida normalmente pueda descansar o viajar. También se le llama cuidado de respiro (respite care). Según las reglas de la Florida, el huésped es residente de su hogar mientras dure la estadía.
2.10Estadía de Día. Cuidado y supervisión en su hogar durante el día para una persona que le presentamos y que no vive ahí, como lo permite la sección 429.905(2) de los Estatutos de la Florida.
2.11Huésped. Una persona que le presentamos y que viene a su hogar para una Estadía Corta o una Estadía de Día. Un Huésped que sería Residente de Programa bajo la sección 2.6 si el primer día de la estadía fuera el día de la mudanza es un Huésped de Programa. Cualquier otro Huésped es un Huésped de Pago Privado.
2.12Cargos de la Estadía. Lo que usted le cobra a un Huésped por una Estadía Corta o por Estadías de Día, sin contar cargos de una sola vez, depósitos, farmacia ni cargos de otros.
3. Lo que hacemos
3.1Su listado. Una vez que su hogar es aceptado, lo ponemos en miamiplacement.com y en nuestro sistema mientras dure este acuerdo. No hay cargo de inscripción, de listado ni mensual.
3.2Ayudamos a las familias. Ayudamos a las familias a entender sus opciones, les sugerimos hogares que les puedan convenir, se los presentamos, coordinamos visitas y les damos seguimiento a ellas y a usted hasta que decidan.
3.3Privacidad de la familia. Le damos el nombre y el contacto de una familia solo después de que la familia dice que sí. Antes de eso, podemos compartir las necesidades de la persona, cómo paga, su presupuesto y el área, sin nombre.
3.4No damos transporte. No llevamos a las familias a las visitas ni a la mudanza, ni les coordinamos transporte.
3.5Primero lo que le conviene a la persona. Sugerimos hogares solo según las necesidades, el presupuesto, el área y los deseos de la persona. Nunca según si un hogar nos paga, cuánto, cuándo firmó, qué otros servicios compra o si acepta Medicaid.
3.6Trabajamos para las familias. Somos un servicio de referidos independiente. No somos su mercadeo ni su agente, y no le diremos a nadie que lo somos.
4. Su listado y nuestros estándares
4.1Honesto y al día. Usted mantiene sus fotos, cuartos, camas disponibles, tarifas, servicios, idiomas y requisitos de admisión correctos y al día. Nosotros confiamos en lo que usted nos dice.
4.2Licencia en regla. Usted confirma que su licencia está En Regla hoy y que la mantendrá así. Nos avisará por escrito dentro de 5 días hábiles de cualquier suspensión, revocación, prohibición de admisiones o cambio de dueño. Verificamos todos los días con AHCA la licencia de cada hogar en nuestra lista, y pausamos el listado mientras una licencia no esté En Regla.
4.3Lo que le pedimos a cada hogar. Para seguir en la lista, usted se compromete a:
(a) darles a las familias los precios que aparecen en su listado;
(b) contestar nuestras preguntas sobre camas y nuestras presentaciones en un tiempo razonable, y avisarnos si decide no admitir a alguien que le presentamos;
(c) tratar con respeto a todas las familias, paguen como paguen, y darles información correcta sobre sus servicios, límites y requisitos de admisión; y
(d) ayudar con nuestras llamadas de seguimiento a las familias después de una visita o una mudanza.
4.4Cómo revisamos y calificamos los hogares. Podemos revisar cualquier hogar usando los registros públicos de AHCA, nuestras propias visitas y lo que nos digan las familias y los profesionales. Si un hogar no cumple la sección 4.3, podemos dejar de sugerirlo, pausar su listado o terminar este acuerdo bajo la sección 17.3. Nunca tomamos esa decisión por cuotas, por otros servicios que compre ni por si acepta Medicaid. Aparte, cada hogar recibe una calificación bajo la sección 4.11. La calificación y la regla detrás de ella son públicas. Cualquier otra razón para una decisión bajo esta sección queda entre nosotros y su hogar.
4.5Fotos. Usted puede publicar fotos de su hogar, y fotos que muestren a residentes, empleados o visitas, solo si cada persona que se pueda reconocer, o su representante legal (un tutor nombrado por la corte, un sustituto o apoderado para decisiones de salud, o un apoderado bajo un poder notarial que lo cubra), le ha dado a su hogar permiso por escrito para publicar la foto en internet, y su hogar es dueño de la foto o tiene derecho a usarla. Usted guarda ese permiso por escrito mientras la foto esté publicada y 3 años después, y nos lo muestra si se lo pedimos. Nunca envíe una foto que muestre el nombre de un residente, un carrito de medicamentos, un expediente, papeles ni nada que revele la salud de alguien. Cada vez que añade fotos, usted lo confirma marcando una casilla, y guardamos un registro de eso. Sus fotos se publican cuando las añade. Revisamos todas las fotos, y podemos quitar cualquier foto en cualquier momento, sin aviso, si nos parece inapropiada, si nos causa cualquier duda, si no tiene buena calidad, o por cualquier otro motivo.
4.6Permiso para mostrar su hogar. Usted nos permite mostrar el nombre, las fotos y el listado de su hogar en nuestro sitio web, y en cualquier sitio web que le hagamos, mientras dure este acuerdo. Usted confirma que tiene el derecho de darnos ese permiso.
4.7Reseñas. Las familias pueden dejar reseñas de su hogar. Usted puede publicar una respuesta pública a cada reseña. Quitamos nombres de residentes y empleados y cualquier información de salud antes de publicar una reseña. Nunca quitamos una reseña por ser negativa, y nadie, ni nosotros ni usted, puede pagar o premiar a alguien por una reseña. Sus dueños y empleados no escribirán reseñas de ningún hogar.
4.8Estadías cortas y de día. Si usted decide ofrecerlas, su listado dice si acepta Estadías Cortas, Estadías de Día o las dos; su tarifa por día; la Estadía Corta más corta y más larga; el horario y los días de las Estadías de Día y cuántos huéspedes de día acepta a la vez; cuánto aviso necesita; qué necesita antes de que llegue un Huésped; y qué planes de Medicaid de cuidado a largo plazo acepta para respiro. Solo sugerimos una Estadía Corta cuando usted nos ha dicho que tiene una cama disponible para esas fechas. Ofrecerlas nunca le obliga a guardar una cama, a rechazar a nadie ni a aceptar a ningún Huésped. Usted dice que sí o que no a cada solicitud. Ninguno de los dos llamará a su hogar centro de cuidado diurno para adultos a menos que tenga esa licencia.
4.9Seguro. Al firmar, usted confirma que su hogar tiene el seguro de responsabilidad civil que la Florida exige a todo hogar de vivienda asistida con licencia (sección 429.275 de los Estatutos de la Florida), y cualquier otro seguro o fianza que la ley le exija a su hogar, y que lo mantendrá vigente en todo momento. Nos enviará prueba de la cobertura cada vez que se la pidamos; la prueba que usted presenta a AHCA es suficiente. Nos avisará por escrito dentro de 2 días hábiles si cualquiera de ellos se cancela, se vence o no se renueva. Pausaremos su listado y las presentaciones hasta que nos muestre que está vigente otra vez.
4.10Hospicio. Su listado dice si usted admite a personas que ya están en hospicio, y si admite a alguien que está encamado mientras está en hospicio. Solo sugerimos su hogar para esos casos si usted contestó que sí o que depende del caso. La Florida permite que una institución de vivienda asistida admita o mantenga a una persona encamada solo mientras recibe servicios de un hospicio con licencia, y solo si usted y el residente están de acuerdo, un hospicio con licencia da el cuidado adicional, y el médico del residente está de acuerdo en que su hogar puede atender sus necesidades físicas (sección 429.26(1)(c) de los Estatutos de la Florida). Su hogar también tiene que cumplir las normas de seguridad contra incendios que le aplican (capítulo 69A-40 del Código Administrativo de la Florida). Usted siempre decide después de su propia evaluación, y una respuesta en su listado nunca le obliga a admitir a nadie.
4.11Su calificación. Mostramos una calificación con letra, A, B, C, D o N, para cada hogar, incluido el suyo y Mary's House. Sale solamente del registro público de AHCA de su hogar, con la regla publicada en nuestra página Cómo calificamos, y enseña la fecha del registro de donde salió y un enlace a ese registro. La misma regla aplica a todos los hogares, y nadie en Miami Placement cambia una calificación a mano ni porque alguien lo pida. La calificación nunca cambia el orden en que salen los hogares. Usted puede pedir que se revise desde su cuenta; entonces volvemos a bajar su registro de AHCA y lo calificamos con la misma regla. Solo AHCA puede cambiar lo que dice su registro. Si cambiamos la regla, publicamos la nueva versión con su fecha y le avisamos por lo menos 30 días antes de que entre en vigor. Una calificación resume un registro público. No mide su cuidado y no es una recomendación.
4.12Quitar una foto. Si una persona en una foto, o su representante legal, retira su permiso, o usted se entera de que nunca se dio, nos avisa dentro de 2 días hábiles y quitamos la foto. Cualquier persona puede pedirnos que quitemos una foto con el enlace que aparece en cada listado. La quitamos dentro de 1 día hábil mientras lo revisamos.
5. Presentaciones
5.1Nuestro registro. Nuestro registro con fecha de cada presentación es lo que ambos usamos para decidir si se debe una cuota.
5.2¿Ya la conocía? Si usted ya estaba en contacto con una familia antes de nuestra presentación, directamente o por otro servicio de referidos, avísenos dentro de 3 días hábiles después de nuestra presentación y mándenos el registro con fecha. Entonces no se debe cuota por esa familia.
5.3Llamadas directas. La cuota aplica si la persona se muda dentro del plazo de 12 meses, aunque la familia lo haya contactado a usted directamente después.
5.4Una cuota por residente. Solo se debe una cuota por cada Residente Presentado, sin importar cuántas presentaciones, visitas o cambios de cuarto haya.
6. Usted decide quién se muda
6.1Su decisión. Cada admisión la decide usted. Nada aquí le obliga a aceptar a nadie.
6.2No es una opinión médica. Cuando le contamos las necesidades de una persona, le estamos pasando lo que nos dijo la familia o su médico. No le estamos dando una opinión médica. Usted hace su propia evaluación y el Formulario 1823 de AHCA antes de decidir.
6.3Antes de una Estadía Corta o de Día. Usted decide si un Huésped está listo para llegar. Las reglas de la Florida tratan al huésped de una Estadía Corta como residente, así que usted necesitará lo que necesita para cualquier admisión, incluyendo una evaluación de salud en el Formulario 1823 de AHCA o el formulario del médico dentro del tiempo que permiten las reglas; medicinas para toda la estadía, en sus envases con la etiqueta de la farmacia; una lista actual de medicamentos con alergias y el nombre y teléfono del médico; una orden de no resucitar en el formulario del estado, si la hay; y el contrato del residente. Le damos su lista a la familia en cuanto escoge su hogar. Nunca recibimos, guardamos ni revisamos estos papeles.
7. La cuota de referido: solo pago privado
7.1La cantidad. Por cada Residente de Pago Privado, usted nos paga un mes de su Tarifa Mensual.
7.2Cuándo se paga. La mitad dentro de los 10 días después de la mudanza, y la otra mitad dentro de los 10 días después del día 30 después de la mudanza. Le enviamos una factura por cada mitad.
7.3Avísenos de las mudanzas. Dentro de 3 días hábiles después de que un Residente Presentado se mude, díganos por escrito la fecha de la mudanza, la Tarifa Mensual, si es de pago privado o Residente de Programa, y si tiene, o ha solicitado, Medicaid de cualquier tipo.
7.4No va en la cuenta del residente. Usted no le agregará nuestra cuota, ni ninguna parte de ella, a la cuenta del residente ni de la familia.
7.5Cambios a las cuotas. Las cuotas, los porcentajes y cuándo se pagan pueden cambiar igual que cualquier otra parte de este acuerdo, según la sección 19.2.
7.6Cuota de Estadía Corta y de Día. Por cada Huésped de Pago Privado, usted nos paga el 10 por ciento de los Cargos de la Estadía que el Huésped realmente le pagó. Por una Estadía Corta, se paga dentro de los 15 días después de que termina la estadía. Por Estadías de Día, se paga a más tardar el día 15 del mes siguiente. Le enviamos una factura.
7.7Si un Huésped se queda como residente. Si un Huésped pasa a ser residente de su hogar, o de otro hogar bajo la misma licencia o los mismos dueños, durante una estadía o dentro de los 12 meses después del último día de una Estadía Corta o de Día, esa persona es un Residente Presentado y se debe la cuota de la sección 7.1, calculada sobre la Tarifa Mensual del día en que pasa a ser residente. La cuota de Estadía Corta o de Día ya pagada por esa persona no se acredita a esa cuota.
7.8Avísenos de las estadías. Dentro de 3 días hábiles después de que empiece una Estadía Corta, díganos por escrito las fechas de entrada y salida, la tarifa por día y si el Huésped es de Pago Privado o de Programa. Avísenos dentro de 5 días hábiles si un Huésped se queda como residente. Por las Estadías de Día, mándenos a más tardar el día 5 de cada mes los días que vino cada Huésped y los Cargos de la Estadía pagados el mes anterior.
8. Nunca sobre Medicaid ni otros programas del gobierno
8.1Ningún cobro, sobre ninguna parte. No se debe ni se acepta ninguna cuota ni nada de valor por un Residente de Programa, sobre ninguna parte de su cuenta, incluyendo cualquier parte que pague el residente o la familia, ni de una vez ni en pagos.
8.2Preguntamos desde el principio. Desde el primer contacto le preguntamos a cada familia cómo va a pagar, y si la persona tiene Medicaid de cualquier tipo, aunque sea solo para médicos o para ayuda con los costos de Medicare, o si lo ha solicitado. Le contamos a usted lo que nos dijeron. Si la respuesta es sí, la persona es Residente de Programa y nunca se debe cuota.
8.3Si empieza Medicaid poco después de la mudanza. Si a un Residente de Pago Privado le aprueban Medicaid de la Florida de cualquier tipo con una Fecha de Inicio de Medicaid en o antes del día 30 después de la mudanza, le devolvemos toda cuota pagada y la segunda mitad no se debe, aunque la aprobación llegue meses después de la mudanza. Si la Fecha de Inicio de Medicaid es después del día 30, o la solicitud se niega o se retira, la cuota se mantiene, porque la persona era de pago privado cuando se la presentamos y cuando se mudó.
8.4La ayuda a familias con Medicaid es aparte y no les cuesta nada. Podemos ayudar a familias con Medicaid a encontrar un hogar sin ningún costo para ellas. Usted no tiene que aceptar a nadie, nunca paga ni da nada por estas presentaciones, y su decisión nunca afecta su listado ni ninguna cuota.
8.5Avísenos sobre Medicaid, y muéstrenoslo. Cuando se mude un residente que presentamos, le preguntaremos por escrito cómo paga el residente y si tiene Medicaid de cualquier tipo o lo ha solicitado. Si no contesta dentro de 10 días hábiles, nos guiamos por lo que nos dijo la familia, y si la familia no estaba segura, tratamos al residente como de pago privado. Si usted se entera, durante los primeros 12 meses después de que un Residente de Pago Privado se mude, de que la persona ha solicitado o le han aprobado Medicaid de cualquier tipo, avísenos por escrito dentro de 10 días hábiles, con la Fecha de Inicio de Medicaid cuando la sepa. Siempre que nos diga que un residente tiene Medicaid de cualquier tipo, mándenos prueba, como la carta de aprobación, la tarjeta de Medicaid o una carta del plan de cuidado a largo plazo, que muestre el tipo de cobertura y la fecha de inicio. Tape todo lo demás, incluyendo cualquier número de tarjeta o de miembro. Mientras no aceptemos la prueba, cualquier cuota por ese residente queda en espera, no se perdona. Cuando la aceptemos: si la persona tenía Medicaid de cualquier tipo cuando la presentamos, no se debe ninguna cuota (sección 8.1) y le devolvemos lo que se haya pagado; si no, decide la sección 8.3. Para recibir un reembolso bajo la sección 8.3, pídalo dentro de los 90 días después de que se emita la carta de aprobación.
8.6Las estadías siguen la misma regla. Nunca se debe cuota por un Huésped de Programa, ni sobre Cargos de la Estadía pagados en cualquier parte por Medicaid, un plan de Medicaid de cuidado a largo plazo o cualquier otro programa de salud del gobierno, aunque la familia pague el resto. Los planes de Medicaid de cuidado a largo plazo cubren el respiro y el cuidado diurno de salud para adultos, así que esas estadías nunca llevan cuota.
9. Si un residente se va pronto
9.1Reembolsos. Si un Residente de Pago Privado se muda, es dado de alta o fallece:
(a) dentro de los 30 días después de la mudanza, le devolvemos todo lo que pagó por ese residente, y la segunda mitad no se debe;
(b) del día 31 al día 60, le devolvemos la mitad de la cuota; y
(c) después del día 60, no hay reembolso.
9.2Cómo pedirlo. Pídanoslo por escrito dentro de los 30 días después de que el residente se vaya, con la fecha en que se fue. Le pagamos el reembolso dentro de 30 días, o se lo acreditamos a una cuota futura si usted prefiere.
9.3No cuenta como irse. Un cambio de cuarto o de nivel de cuidado, o mudarse a otro hogar bajo la misma licencia o los mismos dueños, no cuenta como irse.
9.4Estadías cortas y de día. Los reembolsos de esta sección no aplican a las cuotas de Estadía Corta o de Día. Esas cuotas son solo sobre lo que el Huésped realmente pagó, así que si una estadía termina antes, la cuota es menor.
10. Registros
10.1Qué guardar. Por cada Residente Presentado y cada Huésped, guarde las fechas de entrada, salida y de la estadía, la Tarifa Mensual el día de la mudanza, los Cargos de la Estadía, si era de pago privado, Residente de Programa o Huésped de Programa, y cualquier Fecha de Inicio de Medicaid, por 3 años. Compártalos con nosotros dentro de 10 días hábiles si se los pedimos, solo para confirmar una cuota o un reembolso.
10.2Nada de expedientes médicos. Nunca pedimos expedientes médicos, planes de cuidado ni listas de medicamentos, y usted no debe mandarlos.
10.3Seguimiento. Podemos llamar a las familias unos 30 y 90 días después de la mudanza para ver cómo les va, confirmar las fechas y preguntar cómo se está pagando la estadía.
11. Cómo pagarnos
11.1Formas de pago. Pague con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria (ACH) o cheque a nombre de Recarey, LLC o Miami Placement. Los pagos con tarjeta pasan por nuestro procesador de pagos seguro, Stripe. No cobramos nada extra por pagar con tarjeta.
11.2Pagos atrasados. Cualquier cantidad que no se pague a tiempo tiene un cargo por atraso de 1.5% al mes, o la tasa más alta que permita la ley si es menor, hasta que se pague.
11.3Pausa. Si una factura tiene más de 30 días de atraso, podemos pausar nuevas presentaciones hasta que se ponga al día. Su listado puede seguir publicado.
11.4Gastos de cobro. Si tenemos que cobrar una cantidad atrasada, usted cubrirá nuestros gastos razonables, incluyendo honorarios de abogado, según permite la sección 19.7.
11.5Dudas sobre una factura. Si no está de acuerdo con una factura, díganos por qué por escrito dentro de 10 días y pague la parte que no esté en duda. Lo resolveremos juntos de buena fe dentro de 30 días.
12. Privacidad y confidencialidad
12.1Información de las familias. Usted usa lo que le compartimos sobre una familia solo para decidir y llevar a cabo una admisión. Nunca la vende, ni la usa para mercadeo, ni la comparte con nadie más que los empleados que la necesitan.
12.2Mantenerla segura. Usted protege la información de las familias con medidas razonables, como lo requieren la sección 501.171 de los Estatutos de la Florida y cualquier otra ley que le aplique.
12.3Borrarla. Si la persona no se muda, usted borra lo que le enviamos dentro de los 30 días después de que la familia decida, a menos que la ley le exija guardarlo.
12.4Si algo se filtra. Cada uno le avisa al otro por escrito dentro de 2 días hábiles de enterarse de que alguien vio o divulgó sin permiso información de una familia que compartimos, y trabajamos juntos para manejarlo.
12.5No es un acuerdo de socio comercial. No hacemos trabajo para su hogar que involucre información de salud protegida bajo HIPAA, y este no es un acuerdo de socio comercial (business associate agreement). Si alguno de los dos determina más adelante que se necesita uno, lo firmaremos antes de compartir esa información.
12.6Información confidencial. Es la información que no es pública y que uno de los dos recibe del otro bajo este acuerdo. La nuestra incluye los términos y las cuotas de este acuerdo; nuestro software, herramientas del sitio web, formularios, guiones y mensajes que no son públicos; cómo emparejamos familias con hogares, preguntamos por camas disponibles, hacemos presentaciones y damos seguimiento; los hogares con los que trabajamos y sus camas y tarifas no publicadas; la información de las familias; y nuestros planes de negocio y precios. La suya incluye la información de negocio, financiera y de operación de su hogar que no es pública.
12.7Usarla y protegerla. Cada uno usa la información confidencial del otro solo para este acuerdo, la protege con cuidado razonable, y la comparte solo con sus propios dueños, empleados, abogados, contadores y asesores que la necesitan y están obligados a mantenerla privada. Cada uno responde por las personas con quienes la comparte.
12.8No copiar. Usted no copiará, desarmará para copiar, extraerá en masa ni revenderá el acceso a nuestro sitio web, sistema, formularios o contenido, no compartirá su acceso fuera de su hogar, y no usará nuestra información confidencial, métodos o materiales para crear, operar o ayudar a ningún otro servicio de referidos o directorio.
12.9Lo que no es confidencial. La información que ya es pública sin culpa de quien la recibe, que esa persona ya sabía o desarrolló por su cuenta, o que recibió legalmente de otra persona. Cualquiera de los dos puede compartir información confidencial cuando lo exija la ley, una citación o un regulador, avisando primero al otro cuando la ley lo permita.
12.10Siempre se permite reportar. Nada en este acuerdo impide que cualquiera de los dos reporte una preocupación a AHCA, al Departamento de Niños y Familias, a la Línea de Abuso de la Florida, a la policía o a cualquier agencia del gobierno, que ayude en una investigación, que hable con una familia sobre su propio cuidado, o que le diga a cualquiera que los hogares le pagan a Miami Placement una cuota de referido.
12.11Cuánto dura. Estas obligaciones duran mientras esté vigente este acuerdo y por 3 años después de que termine. Los secretos comerciales siguen protegidos mientras sigan siendo secretos comerciales según el capítulo 688 de los Estatutos de la Florida. La información de las familias sigue protegida mientras se guarde.
12.12Detener el mal uso. El mal uso de información confidencial puede causar un daño que el dinero no arregla, así que el afectado puede pedirle a un tribunal que ordene detenerlo, además de cualquier otro remedio.
13. Transparencia con las familias y trato justo
13.1Cómo nos pagan. Le decimos a cada familia que nuestra ayuda no les cuesta nada, que los hogares nos pagan una cuota de referido cuando una persona de pago privado que presentamos se muda o viene para una estadía corta o de día, y que ningún hogar nos paga por familias con Medicaid ni por nadie en hospicio por Medicare o Medicaid, a quienes igual ayudamos sin costo.
13.2Mary’s House. Miami Placement lo dirige Jorge Recarey, administrador licenciado de vivienda asistida que también dirige Mary’s House ALF en el Condado de Miami-Dade y tiene un interés personal en ese hogar. Se lo decimos a las familias. Mary’s House aparece en la lista bajo las mismas reglas que cualquier otro hogar.
13.3Solo la cuota de referido. Aparte de la cuota de referido y de cualquier acuerdo separado bajo la sección 13.5, usted no nos pagará ni nos dará, y nosotros no pediremos ni aceptaremos, ninguna comisión, bono, regalo, reembolso, descuento ni nada de valor relacionado con ninguna familia o referido.
13.4Nuestra gente. Usted no le pagará ni le dará nada de valor a nuestros empleados, representantes o contratistas, y nos avisará si alguno se lo pide.
13.5Otros servicios. Podemos ofrecerle a su hogar servicios adicionales que no tienen que ver con referidos, como un sitio web, líneas de fax seguras, entrenamiento de personal o software de cumplimiento. Cada uno tiene un solo precio fijo, igual para todos los hogares, bajo su propio acuerdo separado. Comprar o no comprar cualquiera de ellos nunca afecta su listado, nuestras sugerencias, las presentaciones ni las cuotas.
13.6No es exclusivo. Usted puede trabajar con cualquier otro servicio de referidos y aceptar residentes de cualquier lugar. Nosotros podemos trabajar con cualquier otro hogar.
13.7Compañías de hospicio. Ninguno de los dos le pagará ni le dará nada de valor a un hospicio, ni le pedirá ni le aceptará nada de valor, por referir a una familia o por escoger ese hospicio. Nunca dirigimos a una familia hacia un hospicio en particular. La familia y su médico escogen. La lista de compañías de hospicio con las que usted trabaja es solo para que las familias sepan.
14. Textos y mensajes
14.1Preguntas sobre camas. Le enviaremos textos al celular que aparece en la página de firmas para preguntar por camas disponibles, cuándo se abre una cama y hasta cuándo, y tarifas, con la frecuencia que usted escoja, solo entre las 8:00 a.m. y las 8:00 p.m., hora del Este. Pueden aplicar cargos por mensajes y datos. Podemos pedirle que responda SÍ a nuestro primer texto para confirmar.
14.2Si prefiere no recibir textos. Responda STOP en cualquier momento. Después, solo mantenga sus camas disponibles al día en su página de nuestro sitio web. Dejar de recibir textos no termina este acuerdo.
14.3Otros mensajes. Usted acepta recibir presentaciones, recordatorios de visitas, facturas y avisos por correo electrónico y texto a los contactos de la página de firmas.
15. Cumplir la ley
15.1Los dos cumplimos la ley. Cada uno cumple todas las leyes que aplican a lo que hacemos bajo este acuerdo, incluyendo el capítulo 429 de los Estatutos de la Florida y el capítulo 59A-36 del Código Administrativo de la Florida; la sección 817.505 de los Estatutos de la Florida; la ley federal Anti-Kickback, 42 U.S.C. § 1320a-7b(b), donde aplique; la sección 501.171 de los Estatutos de la Florida; y HIPAA, donde aplique.
15.2Si cambia la ley. Si un cambio en la ley, una decisión judicial, una guía escrita de un regulador o el consejo escrito del abogado de cualquiera de los dos muestra que alguna parte de este acuerdo podría ser ilegal, trabajaremos juntos de buena fe para arreglarla. Si no nos ponemos de acuerdo en 30 días, cualquiera de los dos puede terminar el acuerdo por escrito. Nunca se debe ni se paga nada que sea ilegal.
16. Responsabilidad
16.1Negocios independientes. Somos negocios independientes. Este acuerdo no nos hace socios, empresa conjunta, empleador y empleado, ni agentes el uno del otro, y ninguno puede hacer promesas por el otro.
16.2Cada uno responde por sus errores. Cada uno defenderá y cubrirá al otro, y a sus miembros, gerentes y empleados, contra reclamos, pérdidas y gastos, incluyendo honorarios razonables de abogado, en la medida en que los cause su propio incumplimiento de este acuerdo, su propia negligencia o mala conducta, o su propia violación de la ley.
16.3Cuidado de los residentes. Su hogar es totalmente responsable del cuidado, los servicios y la seguridad de sus residentes y Huéspedes, de su personal y su propiedad, y de cada decisión sobre a quién admitir o mantener. Somos un servicio de referidos. No damos cuidado, y no supervisamos ni inspeccionamos el cuidado que usted da. No somos responsables de nada que su hogar o su personal hagan o dejen de hacer.
16.4Límites. Salvo las secciones 12, 16.2, 16.5 y 16.6, ninguno de los dos es responsable ante el otro por ganancias perdidas o daños indirectos. Nuestra responsabilidad total bajo este acuerdo no será mayor que las cuotas que usted nos pagó en los 12 meses antes del reclamo.
16.5Reclamos sobre el cuidado. Su hogar nos defenderá y cubrirá, a nosotros y a nuestros miembros, gerentes y empleados, contra reclamos, pérdidas y costos, incluyendo honorarios razonables de abogados, presentados por un residente, un Huésped, una familia o cualquier otra persona, que vengan del cuidado, los servicios, el personal, la propiedad o las decisiones de admisión de su hogar, o de cualquier falta en su licencia o su seguro, salvo en la medida en que los cause nuestra propia negligencia o mala conducta. Esto sigue valiendo después de que termine este acuerdo.
16.6Fotos y lo que usted nos envía. Su hogar nos defenderá y cubrirá, a nosotros y a nuestros miembros, gerentes y empleados, contra reclamos, pérdidas y costos, incluyendo honorarios razonables de abogados, que vengan de cualquier foto, nombre u otro contenido que su hogar nos dé, incluyendo cualquier reclamo de que una persona no dio su permiso, salvo en la medida en que los cause nuestra propia negligencia o mala conducta. Esto sigue valiendo después de que termine este acuerdo.
17. Cuánto dura y cómo termina
17.1Duración. Este acuerdo dura un año desde la Fecha de Vigencia y se renueva solo cada año.
17.2Terminarlo en cualquier momento. Cualquiera de los dos puede terminarlo en cualquier momento con 30 días de aviso por escrito.
17.3Terminarlo de inmediato. Cualquiera de los dos puede terminarlo de inmediato por escrito si el otro lo incumple de forma seria y no corrige el problema dentro de 10 días después de un aviso por escrito, o si su licencia es revocada o no se renueva. También podemos terminarlo si su hogar ya no cumple con la sección 4.3, o si el seguro de la sección 4.9 se vence, y el problema no se corrige dentro de 10 días después de un aviso por escrito.
17.4Después de que termina. Las cuotas por presentaciones hechas antes de que terminara, por cualquier persona que se mude dentro del plazo de 12 meses, siguen aplicando. Las secciones 8 a 12, 16 y 19 también siguen aplicando. Quitaremos su listado dentro de 10 días hábiles.
18. Avisos
Los avisos tienen que ser por escrito. Cuentan cuando se envían por correo electrónico a las direcciones de la página de firmas, o cuando se entregan en persona, por mensajería o por correo certificado a las direcciones postales que aparecen ahí. Un texto solo cuenta si el otro lo confirma por escrito. Cualquiera de los dos puede cambiar sus datos de contacto con un aviso al otro.
19. Términos generales
19.1Acuerdo completo. Este es todo nuestro acuerdo sobre este tema y reemplaza cualquier cosa dicha o escrita antes.
19.2Cambios. Podemos cambiar cualquier parte de este acuerdo, incluyendo cualquier cuota, cualquier porcentaje o cuándo se pagan las cuotas, enviándole la nueva versión y un aviso por escrito por lo menos 30 días antes de que empiece a valer. Usted puede aprobarlo antes. Si no está de acuerdo, puede terminar este acuerdo con un aviso por escrito antes de que empiece a valer, y no aplica el aviso de 30 días de la sección 17.2. Si no lo termina, el cambio empieza a valer en esa fecha. Las presentaciones y estadías hechas antes de un cambio siguen bajo la versión vigente cuando se hicieron. Cada versión tiene un número y una fecha. Guardamos constancia de la versión que usted firmó y de cada aviso que le enviamos, y usted puede leer la versión vigente y las anteriores en miamiplacement.com/for-homes/agreement/.
19.3Traspasos y nuevos dueños. Ninguno puede traspasar este acuerdo sin el permiso por escrito del otro, excepto que nosotros podemos traspasarlo a una compañía que controlamos o a quien compre el negocio de Miami Placement. Si su hogar se vende, avísenos antes de la venta. Las cuotas por presentaciones hechas antes de la venta las sigue debiendo usted.
19.4Si una parte no vale. Si un tribunal decide que alguna parte no es válida, esa parte se limita o se quita solo lo necesario, y el resto sigue vigente.
19.5Sin renuncia. Si alguno de los dos no hace cumplir algo enseguida, igual puede hacerlo cumplir después.
19.6Ley de la Florida. Este acuerdo se rige por la ley de la Florida. Cualquier demanda sobre él se presentará solo en los tribunales estatales del Condado de Miami-Dade, Florida.
19.7Honorarios de abogado. En cualquier demanda para hacer cumplir o interpretar este acuerdo, el que gane puede recuperar sus honorarios razonables de abogado y costos, incluyendo en apelación.
19.8Firmas electrónicas. Este acuerdo se puede firmar electrónicamente y en copias separadas. Las firmas y registros electrónicos valen igual que los originales según la sección 668.50 de los Estatutos de la Florida y la ley federal ESIGN.
19.9Inglés y español. Este acuerdo viene en inglés y en español, y usted puede firmar el que prefiera. Los dos dicen lo mismo. Si alguna vez no coinciden, la versión en inglés es la que vale.
19.10Autoridad. Cada persona que firma confirma que tiene permiso para firmar por su lado.
19.11Lenguaje sencillo. Escribimos este acuerdo en lenguaje sencillo a propósito. Los títulos son solo para facilitar la lectura, y no se interpretará en contra de ninguno de los dos por haberlo escrito.
Anexo de Hogar Fundador
Si su hogar es uno de los primeros 100 hogares en firmar este acuerdo, también le daremos su propio sitio web, hecho con lo que usted sube a Miami Placement, sin cargo por el sitio web mientras dure este acuerdo. Ser Hogar Fundador nunca cambia cómo aparece, se ordena o se sugiere su hogar a las familias, y no depende de ninguna presentación, admisión ni cuota.
Número de Hogar Fundador:
Página de firmas
Firmamos este acuerdo con fecha de la Fecha de Vigencia que aparece abajo.
Fecha de Vigencia:
MIAMI PLACEMENT
Recarey, LLC, una compañía de responsabilidad limitada de la Florida, con nombre comercial Miami Placement
Firma:
Nombre: Jorge Recarey Cargo: Gerente (Manager)
Fecha:
Avisos: jorge@MiamiPlacement.com | 305-526-4205 | Fax 786-550-4979
Dirección postal para avisos:
SU HOGAR
Nombre legal del licenciatario:
Nombre del hogar, si es diferente:
Número de licencia de AHCA:
Dirección del hogar:
Dirección postal para avisos, si es diferente:
Firma:
Nombre en letra de molde:
Cargo (dueño, licenciatario, administrador u oficial):
Fecha:
Correo electrónico para avisos y facturas:
Celular para textos sobre camas:
Frecuencia de preguntas sobre camas: ☐ Semanal ☐ Cada dos semanas ☐ Mensual ☐ Sin textos, actualizo mi página
Idioma de los mensajes: ☐ English ☐ Español
Idioma del acuerdo firmado: ☐ English ☐ Español
Acuerdo de Referidos de Miami Placement | Versión 1.12 (2026-10-20) | Iniciales del hogar ______
No lo ha revisado un abogado. Si las dos versiones no coinciden, manda la versión en inglés.